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Real Decreto 993/2011, de 8 de julio, por el que se indulta a doña Charlotte Angharad Manser.

BOE-A-2011-13363·3 de agosto de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 993/2011, emitido el 8 de julio de 2011. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña Charlotte Angharad Manser, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Alicante por un delito de tráfico de drogas cometido en 2007. La sentencia original la condenó a tres años de prisión, inhabilitación para el sufragio pasivo y una multa de 200 euros. El Real Decreto afecta directamente a doña Charlotte Angharad Manser. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años de prisión impuesta originalmente por una pena de dos años de prisión. Esto significa que se reduce la cantidad de tiempo que la persona debe pasar en prisión. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que doña Charlotte Angharad Manser no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que sugiere que se consideraron diversos factores antes de tomar la decisión de conceder el indulto. Aprobación: El indulto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, este Real Decreto representa un acto de clemencia del Estado, reduciendo la pena de prisión de una persona condenada por tráfico de drogas, sujeto al cumplimiento de una condición de buena conducta.

Visto el expediente de indulto de doña Charlotte Angharad Manser, condenada por la Audiencia Provincial de Alicante/Alacant, sección tercera, en sentencia de 23 de octubre de 2008, como autora de un delito de tráfico de drogas, a la pena de tres años de prisión, con accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 200 euros, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de julio de 2011,

Vengo en conmutar a doña Charlotte Angharad Manser la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de julio de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.