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Real Decreto 991/2012, de 22 de junio, por el que se indulta a don Bogdan Urusov.

BOE-A-2012-9507·17 de julio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 991/2012, emitido el 22 de junio de 2012. El objeto principal del Real Decreto es conceder un indulto parcial a don Bogdan Urusov, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito contra la salud pública cometido en 2008. La sentencia original le impuso una pena de tres años y un día de prisión, así como una multa de 1.000 euros. Este Real Decreto afecta directamente a Bogdan Urusov, el condenado, y, de forma indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad original de tres años y un día de prisión por una nueva pena de dos años de prisión. Esto significa que, en lugar de cumplir la pena original, Bogdan Urusov deberá cumplir dos años de prisión. Condiciones del indulto: El indulto está sujeto a dos condiciones esenciales: Que el indultado no abandone el tratamiento de rehabilitación que ha iniciado hasta alcanzar la total recuperación. Que no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. El incumplimiento de estas condiciones podría revocar el indulto. El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le confiere validez legal. La decisión de conceder el indulto se tomó tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue deliberada por el Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Bogdan Urusov, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección vigésima primera, en sentencia de 29 de abril de 2011, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y un día de prisión y multa de 1.000 euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de junio de 2012,

Vengo en conmutar a don Bogdan Urusov la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 22 de junio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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