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Real Decreto 976/2012, de 22 de junio, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Alexandrina Cabral Barbosa.

BOE-A-2012-9251·10 de julio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 976/2012, emitido el 22 de junio de 2012. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a Doña Alexandrina Cabral Barbosa. El documento afecta directamente a Doña Alexandrina Cabral Barbosa, otorgándole la nacionalidad española. Indirectamente, afecta al Estado español, que incorpora a una nueva ciudadana. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad: Se otorga la nacionalidad española a Alexandrina Cabral Barbosa por carta de naturaleza, basándose en circunstancias excepcionales no especificadas en el documento. Vecindad civil: Se establece que la vecindad civil de la beneficiaria será de Derecho Común. Efectos de la concesión: Se indica que la concesión de la nacionalidad producirá efectos según lo estipulado en el Código Civil, lo que implica que la persona deberá cumplir con los requisitos, condiciones y plazos establecidos en dicha legislación para que la nacionalidad sea efectiva. Firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le confiere validez legal. En resumen, el Real Decreto formaliza la decisión del Gobierno español de conceder la nacionalidad española a Alexandrina Cabral Barbosa, basándose en circunstancias excepcionales y sujetando la efectividad de la concesión a lo dispuesto en el Código Civil.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en doña Alexandrina Cabral Barbosa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de junio de 2012,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Alexandrina Cabral Barbosa, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 22 de junio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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