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Real Decreto 968/2011, de 1 de julio, por el que se indulta a doña María de los Ángeles Sánchez-Migallón Romero.

BOE-A-2011-13360·3 de agosto de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a María de los Ángeles Sánchez-Migallón Romero, reduciendo en dos años las penas de prisión impuestas por delitos contra la salud pública, tenencia ilícita de armas y receptación. La beneficiaria deberá no cometer ningún delito doloso en los seis años siguientes a la publicación del decreto para que el indulto sea efectivo. El indulto fue propuesto por el Ministro de Justicia tras considerar los informes del Tribunal y del Ministerio Fiscal.

Visto el expediente de indulto de doña María de los Ángeles Sánchez-Migallón Romero, condenada por la Audiencia Provincial de Málaga, sección primera, en sentencia de 21 de junio de 2004, revisada por Auto de dicha Audiencia Provincial de 30 de diciembre de 2010, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de seis años y un día de prisión y multa de 300.506,05 euros; un delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de un año de prisión y un delito de receptación, a la pena de seis meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 1998, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de julio de 2011,

Vengo en indultar a doña María de los Ángeles Sánchez-Migallón Romero dos años de las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 1 de julio de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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