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Real Decreto 913/2010, de 9 de julio, por el que se indulta a don Juan José Palacios Abreu.

BOE-A-2010-12583·5 de agosto de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Juan José Palacios Abreu, condenado por detención ilegal. Se conmuta la pena de inhabilitación absoluta por una multa de un año, pagadera en cuotas diarias, siempre que no cometa un nuevo delito doloso en tres años. Afecta directamente al Sr. Palacios Abreu y al cumplimiento de la sentencia original.

Visto el expediente de indulto de don Juan José Palacios Abreu, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección tercera, en sentencia de 30 de octubre de 2008, como autor de un delito de detención ilegal, a la pena de seis meses de multa con una cuota diaria de ocho euros, con las accesorias de inhabilitación absoluta por un período de ocho años, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de julio de 2010,

Vengo en conmutar a don Juan José Palacios Abreu la pena de inhabilitación impuesta por otra de un año de multa, que se satisfará en cuotas diarias de tres euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 9 de julio de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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