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Real Decreto 913/2009, de 22 de mayo, por el que se indulta a don Juan Pablo Moreno García.

BOE-A-2009-10954·2 de julio de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 913/2009, de 22 de mayo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Juan Pablo Moreno García, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla por un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso con un delito continuado de estafa. El documento afecta directamente a Juan Pablo Moreno García, modificando su condena original. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de tres años y seis meses de prisión por una pena reducida de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Juan Pablo Moreno García no cometa ningún delito doloso en un plazo de cinco años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese periodo, la conmutación quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le confiere validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Juan Pablo Moreno García, reduciendo su pena de prisión a cambio de no cometer nuevos delitos dolosos en un periodo de cinco años. Es un acto de gracia del poder ejecutivo que modifica una sentencia judicial firme.

Visto el expediente de indulto de don Juan Pablo Moreno García, condenado por la sección primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, en sentencia de 31 de mayo de 2007, como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso con un delito continuado de estafa, a la pena de tres años y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de nueve meses con una cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en el año 2001, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de mayo de 2009,

Vengo en conmutar a don Juan Pablo Moreno García la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 22 de mayo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.