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Real Decreto 891/2009, de 14 de mayo, por el que se indulta a don Miguel Ángel Aranda Bes.

BOE-A-2009-9456·6 de junio de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto emitido por el Rey Juan Carlos I el 14 de mayo de 2009. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Miguel Ángel Aranda Bes, quien fue condenado por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo por un delito de fabricación de moneda falsa cometido en 1998. El Real Decreto afecta directamente a Miguel Ángel Aranda Bes, modificando su condena original. La sentencia inicial del Tribunal Supremo le impuso una pena de 10 años de prisión, inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y una multa de 250.000 pesetas. La disposición más relevante del Real Decreto es la conmutación de la pena privativa de libertad de 10 años por otra de 4 años de prisión. Esta conmutación está sujeta a una condición suspensiva: que Miguel Ángel Aranda Bes no cometa ningún delito doloso en un plazo de siete años a partir de la publicación del Real Decreto. Si Aranda Bes comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el documento representa un acto de clemencia del Estado, modificando la pena impuesta a un individuo condenado por un delito específico, bajo la condición de buen comportamiento futuro.

Visto el expediente de indulto de don Miguel Ángel Aranda Bes, condenado por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de 18 de julio de 2002, resolutoria del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Nacional, Sala de lo Penal, Sección Cuarta, como autor de un delito de fabricación de moneda falsa, a la pena de 10 años de prisión, con inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y multa de 250.000 pesetas, por hechos cometidos en el año 1998, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de mayo de 2009,

Vengo en conmutar a don Miguel Ángel Aranda Bes la pena privativa de libertad impuesta por otra de cuatro años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de siete años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 14 de mayo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.