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Real Decreto 877/2012, de 25 de mayo, por el que se indulta a don Youssoufa Souane.

BOE-A-2012-8167·18 de junio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 877/2012, emitido el 25 de mayo de 2012. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Youssoufa Souane, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Bizkaia por un delito contra la salud pública cometido en 2009. La sentencia original le impuso una pena de tres años de prisión, una multa de 200 euros y la inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. El Real Decreto afecta directamente a Youssoufa Souane, el condenado, y, de forma indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad de tres años de prisión impuesta a Youssoufa Souane por otra de dos años de prisión. Esto significa que se reduce la duración de su encarcelamiento. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está sujeta a una condición suspensiva. Youssoufa Souane deberá no cometer ningún delito doloso en el plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, la conmutación de la pena podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. Esto indica que se siguió el procedimiento legal establecido para la concesión de indultos. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le otorga validez legal.

Visto el expediente de indulto de don Youssoufa Souane, condenado por la Audiencia Provincial de Bizkaia, sección segunda, en sentencia de 19 de mayo de 2010, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 200 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de mayo de 2012,

Vengo en conmutar a don Youssoufa Souane la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 25 de mayo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.