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Real Decreto 876/2012, de 25 de mayo, por el que se indulta a don Antonio Solís García.

BOE-A-2012-8166·18 de junio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, fechado el 25 de mayo de 2012. El objeto principal del Real Decreto es conceder un indulto parcial a don Antonio Solís García, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito de insolvencia punible cometido en 1999. El Real Decreto afecta directamente a Antonio Solís García, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general, al tratarse de una decisión que modifica una sentencia judicial firme. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de dos años y seis meses de prisión impuesta a Antonio Solís García por una pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Antonio Solís García no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la fecha de publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, la conmutación de la pena podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Antonio Solís García, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en la comisión de delitos dolosos durante un período de cuatro años.

Visto el expediente de indulto de don Antonio Solís García, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección decimosexta, en sentencia de 1 de diciembre de 2009, como autor de un delito de insolvencia punible, a la pena de dos años y seis meses de prisión y multa de diez meses con cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de mayo de 2012,

Vengo en conmutar a don Antonio Solís García la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 25 de mayo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.