decretoVigente

Real Decreto 863/2020, de 22 de septiembre, por el que se indulta a don Alejandro del Moral Caballero.

BOE-A-2020-11088·23 de septiembre de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto emitido por el Gobierno de España, específicamente un indulto parcial concedido a don Alejandro del Moral Caballero. El objeto principal del Real Decreto es conmutar la pena de prisión impuesta a Alejandro del Moral Caballero por un delito de descubrimiento y revelación de secretos de especial relieve cometido por funcionario. Originalmente, fue condenado por el Tribunal Supremo a dos años, seis meses y un día de prisión, multa e inhabilitación absoluta. Este Real Decreto afecta directamente a Alejandro del Moral Caballero, el condenado. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y a la sociedad en general, al modificar una sentencia judicial firme. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena de prisión: Se reduce la pena de prisión de dos años, seis meses y un día a un año y tres meses. Mantenimiento de otras penas: Se mantienen la pena de multa y la inhabilitación absoluta impuestas en la sentencia original. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Alejandro del Moral Caballero no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso, el indulto podría ser revocado. Justificación del indulto: Se basa en razones de justicia y equidad, considerando las circunstancias del condenado y la información contenida en el expediente del caso. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Alejandro del Moral Caballero, reduciendo su pena de prisión pero manteniendo otras sanciones, bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en los próximos tres años. La decisión se justifica por razones de justicia y equidad, tras considerar las circunstancias del condenado.

Visto el expediente de indulto de don Alejandro del Moral Caballero, condenado por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de 23 de septiembre de 2015, resolutoria del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, Sección Segunda, como autor de un delito de descubrimiento y revelación de secretos de especial relieve cometido por funcionario, a la pena de dos años, seis meses y un día de privación de libertad, multa de diecisiete meses a razón de diez euros diarios e inhabilitación absoluta por tiempo de seis años, por hechos cometidos en el año 2010-2011, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de septiembre de 2020,

Vengo en conmutar a don Alejandro del Moral Caballero la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año y tres meses de prisión, manteniendo los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia en cuanto a la inhabilitación y multa, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 22 de septiembre de 2020.

FELIPE R.

El Ministro de Justicia,

JUAN CARLOS CAMPO MORENO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.