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Real Decreto 856/2009, de 8 de mayo, por el que se indulta a doña Evangelina Hernández Santana.

BOE-A-2009-8986·30 de mayo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Evangelina Hernández Santana, condenada por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, condicionada a no delinquir dolosamente en cuatro años. Afecta directamente a la penada y es de aplicación en todo el territorio nacional.

Visto el expediente de indulto de doña Evangelina Hernández Santana, condenada por la Audiencia Provincial, sección sexta de Las Palmas, en sentencia de 31 de enero de 2007, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 60 euros, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de mayo de 2009,

Vengo en conmutar a doña Evangelina Hernández Santana la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de mayo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.