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Real Decreto 852/2009, de 8 de mayo, por el que se indulta a don Baltasar Alegre Tortajada.

BOE-A-2009-8982·30 de mayo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 852/2009, de 8 de mayo. Su objeto principal es conceder el indulto a don Baltasar Alegre Tortajada, liberándolo de la pena privativa de libertad que aún le quedaba por cumplir. El Sr. Alegre Tortajada había sido condenado por la Audiencia Provincial de Teruel por un delito contra la salud pública cometido en 2003, recibiendo una pena de tres años de prisión, multa de 1.000 euros e inhabilitación especial para el sufragio pasivo. El Real Decreto afecta directamente a Baltasar Alegre Tortajada, liberándolo de la pena de prisión. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador, ya que se han considerado sus informes para la decisión. Las disposiciones más relevantes son: Se indulta la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento a Baltasar Alegre Tortajada. El indulto está condicionado a que el Sr. Alegre Tortajada continúe con el tratamiento de rehabilitación que tiene iniciado hasta alcanzar la total recuperación. El indulto también está condicionado** a que no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si incumple estas condiciones, el indulto podría ser revocado. El Real Decreto fue firmado en Madrid el 8 de mayo de 2009 por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. La deliberación y aprobación del indulto se realizó previamente en el Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Baltasar Alegre Tortajada, condenado por la Audiencia Provincial de Teruel, sección primera, en sentencia de 21 de julio de 2004, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 1.000 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de mayo de 2009,

Vengo en indultar a don Baltasar Alegre Tortajada la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de mayo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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