decretoVigente

Real Decreto 850/2009, de 8 de mayo, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Metin Konfidan.

BOE-A-2009-8864·28 de mayo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 850/2009, de 8 de mayo, emitido por el Gobierno de España. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Metin Konfidan. La carta de naturaleza es una forma excepcional de adquirir la nacionalidad española, otorgada discrecionalmente por el Gobierno a personas que demuestran circunstancias excepcionales. El Real Decreto afecta directamente a don Metin Konfidan, quien se convierte en ciudadano español al cumplir con los requisitos, condiciones y plazos establecidos en el Código Civil. También afecta indirectamente al Estado español, al sumar un nuevo ciudadano a su comunidad nacional. Las disposiciones más relevantes son: La concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Metin Konfidan, basada en circunstancias excepcionales no especificadas en el documento. La atribución de vecindad civil de Derecho Común al nuevo ciudadano. La remisión al Código Civil para determinar los requisitos, condiciones y plazos necesarios para que la concesión de la nacionalidad surta plenos efectos. Esto implica que don Metin Konfidan deberá cumplir con los trámites legales pertinentes para formalizar su adquisición de la nacionalidad española. La firma del Rey Juan Carlos I y del Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, que otorgan validez y oficialidad al Real Decreto.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en don Metin Konfidan y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de mayo de 2009,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Metin Konfidan, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 8 de mayo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.