Visto el expediente de indulto de doña Eva Mollar Barón, condenada por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección quinta, en sentencia de 12 de mayo de 2009, como autora de un delito continuado y consumado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado y consumado de estafa, a la pena de dos años, cuatro meses y quince días de prisión, accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 10 meses y 15 días, con una cuota diaria de 3 euros, por hechos cometidos en los años 2002-2003 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de enero de 2011,
Vengo en conmutar a doña Eva Mollar Barón la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 21 de enero de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ