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Real Decreto 830/2012, de 18 de mayo, por el que se indulta a don Manuel Martín López.

BOE-A-2012-7626·7 de junio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 830/2012, de 18 de mayo. Su objeto principal es conceder el indulto a don Manuel Martín López, liberándolo de la pena privativa de libertad que aún le quedaba por cumplir. La condena original fue impuesta por el Juzgado de lo Penal número 4 de Málaga en 2006 por un delito consumado de lesiones cometido en 2005. La sentencia lo condenó a dos años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante ese período. El Real Decreto afecta directamente a Manuel Martín López, beneficiándolo con el indulto. También afecta indirectamente al sistema judicial y a la sociedad en general, al ser una decisión del poder ejecutivo sobre una sentencia judicial firme. Las disposiciones más relevantes son: Se indulta a Manuel Martín López de la pena privativa de libertad pendiente. El indulto está condicionado a que no abandone el tratamiento iniciado hasta su total rehabilitación. El indulto está condicionado a que no vuelva a cometer un delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si incumple estas condiciones, el indulto podría ser revocado. El Real Decreto fue emitido en Madrid el 18 de mayo de 2012 y está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. La decisión fue tomada tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y previa deliberación del Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Manuel Martín López, condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Málaga, en sentencia de 18 de enero de 2006, como autor de un delito consumado de lesiones, a la pena de dos años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de mayo de 2012,

Vengo en indultar a don Manuel Martín López la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de mayo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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