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Real Decreto 826/2012, de 18 de mayo, por el que se indulta a don Luis Manuel Fernández Santamaría.

BOE-A-2012-7622·7 de junio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto parcial a Luis Manuel Fernández Santamaría, condenado por robo con intimidación agravado. Se le conmuta la pena privativa de libertad por otra de dos años de prisión, condicionada a no cometer delito doloso en cuatro años. Afecta directamente al Sr. Fernández Santamaría, permitiéndole evitar la pena original impuesta.

Visto el expediente de indulto de don Luis Manuel Fernández Santamaría, condenado por el Juzgado de lo Penal número 18 de Madrid, en sentencia de 13 de octubre de 2010, como autor de un delito de robo con intimidación agravado por el uso de instrumento peligroso, a la pena de dos años y un día de prisión; y un delito de robo con intimidación agravado por el uso de instrumento peligroso, a la pena de dos años y un día de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de mayo de 2012,

Vengo en conmutar a don Luis Manuel Fernández Santamaría las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de mayo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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