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Real Decreto 825/2012, de 18 de mayo, por el que se indulta a don Ewerton Camargo Rodrigues.

BOE-A-2012-7621·7 de junio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Ewerton Camargo Rodrigues, condenado por varios delitos, incluyendo modificación de datos reservados, falsedad documental y estafa. Se le conmuta la pena privativa de libertad impuesta por una única pena de dos años de prisión. El indulto está condicionado a que no cometa un nuevo delito doloso en un plazo de cuatro años.

Visto el expediente de indulto de don Ewerton Camargo Rodrigues, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección sexta, en sentencia de 13 de junio de 2010, como autor de tres delitos de modificación de datos reservados, a la pena para cada uno de ellos de un año de prisión y multa de doce meses en cuota diaria de cuatro euros; un delito de falsedad en documento mercantil, a la pena de seis meses de prisión y multa por igual tiempo con una cuota diaria de cuatro euros; y un delito intentado de estafa, a la pena de seis meses de prisión y multa de tres meses y en idéntica cuota diaria que las penas pecuniarias anteriormente impuestas, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de mayo de 2012,

Vengo en conmutar a don Ewerton Camargo Rodrigues las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de mayo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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