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Real Decreto 821/2010, de 25 de junio, por el que se prorroga el Plan MOTO-E de apoyo a la renovación del parque de vehículos de dos ruedas y a tal efecto se modifica el Real Decreto 1081/2009, de 3 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de ciclomotores y motocicletas, Plan MOTO-E de apoyo a la renovación del parque de vehículos de dos ruedas.

BOE-A-2010-10317·29 de junio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto (821/2010) del Gobierno de España que prorroga el Plan MOTO-E, un programa de subvenciones para la renovación del parque de vehículos de dos ruedas (ciclomotores y motocicletas). El objeto principal del Real Decreto es extender la vigencia del Plan MOTO-E, originalmente establecido en el Real Decreto 1081/2009, hasta el 31 de diciembre de 2010, o hasta que se agoten los fondos asignados. A quién afecta: Compradores de ciclomotores y motocicletas: Permite que continúen beneficiándose de las subvenciones al adquirir vehículos nuevos a cambio de dar de baja vehículos antiguos. Fabricantes, importadores y concesionarios de vehículos de dos ruedas: Busca dinamizar el sector y mantener el empleo. El medio ambiente y la seguridad vial: Promueve la sustitución de vehículos antiguos y contaminantes por modelos más modernos y seguros. Disposiciones más relevantes: Prórroga del Plan MOTO-E: Se extiende el plan con las mismas normas y sistemas de gestión que ya estaban en vigor. Financiación: La prórroga se financia con el remanente del presupuesto original del Plan MOTO-E. No se asignan fondos adicionales. Modificación del Real Decreto 1081/2009: Se modifica el artículo 1.2 del Real Decreto original para extender el plazo de las ayudas hasta el 31 de diciembre de 2010. Título competencial: Se basa en la competencia del Estado para dictar las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica (artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española). Entrada en vigor: El Real Decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En resumen, el Real Decreto 821/2010 busca dar continuidad a los incentivos para la renovación del parque de vehículos de dos ruedas, con el objetivo de estimular la demanda, reducir la contaminación y mejorar la seguridad vial, utilizando los fondos no gastados del Plan MOTO-E original.

Por Real Decreto 1081/2009, de 3 de julio, se reguló la concesión directa de subvenciones para la adquisición de ciclomotores y motocicletas, Plan MOTO-E, de apoyo a la renovación del parque de vehículos de dos ruedas, con una dotación de 9 millones de euros.

El Plan MOTO-E tiene por objetivo incentivar, junto con el esfuerzo comercial de los fabricantes o importadores, la adquisición de ciclomotores y motocicletas, mantener el empleo en el sector, estimular la sustitución de vehículos antiguos por otros menos contaminantes, así como contribuir a aunar criterios de apoyo al sector entre las comunidades autónomas adheridas, el Gobierno de España y el propio sector de fabricantes, importadores y concesionarios de vehículos de dos ruedas.

El Plan ha tenido una favorable evolución. En el periodo enero-abril 2010 se ha producido gracias al Plan un incremento del 35,5% de las bajas de ciclomotores y motocicletas con respecto al mismo periodo del año 2009. La edad media de los vehículos achatarrados se sitúa en 13,4 años. Asimismo, los requisitos actuales de homologación para los nuevos vehículos permiten lograr una reducción drástica de las emisiones contaminantes y de COcon respecto a las que presentaban los vehículos achatarrados.

Sin embargo, todavía no se han cumplido los objetivos cuantitativos previstos de renovación de vehículos de dos ruedas y el mercado de los ciclomotores y motocicletas continúa atravesando una coyuntura complicada. Aunque las matriculaciones de motocicletas aumentaron un 18 por ciento en abril de 2010, los ciclomotores continúan presentando la tendencia negativa de los últimos meses retrocediendo cerca de un 15,5 por ciento en dicho mes. Un 10,75 por ciento de media de las nuevas matriculaciones de ciclomotores y motocicletas se hacen a través del Plan MOTO-E y la finalización del Plan MOTO-E, en junio de 2010, podría provocar un retorno al estancamiento de la demanda.

Por todo ello, estando próxima a finalizar la vigencia del Plan MOTO-E y existiendo remanente del presupuesto previsto para su financiación, se estima necesario continuar aplicando medidas de estímulo a la adquisición de ciclomotores y motocicletas, mediante la prórroga de dicho Plan MOTO-E, con el fin de continuar facilitando la renovación del parque de vehículos de dos ruedas, contribuyendo de este modo a una mayor seguridad vial y reducción de emisiones contaminantes, así como al fomento de la demanda y dinamización económica del sector.

Dicha prórroga no supondrá un incremento del presupuesto inicial previsto para el Plan MOTO-E en el Real Decreto 1081/2009, de 3 de julio.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, previo informe del Ministerio de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de junio de 2010,

DISPONGO:

Artículo único. Prórroga del Plan MOTO-E.

1. Se prorroga el Plan MOTO-E con las mismas normas reguladoras y sistemas de gestión aprobadas por el Real Decreto 1081/2009, de 3 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de ciclomotores y motocicletas, Plan MOTO-E, de apoyo a la renovación del parque de vehículos de dos ruedas.

2. La presente prórroga del plan MOTO-E se financiará con el remanente de la cuenta del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en la entidad colaboradora FITSA no utilizado hasta la fecha de entrada en vigor este real decreto.

Disposición final primera. Modificación del Real Decreto1081/2009, de 3 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de ciclomotores y motocicletas, Plan MOTO-E de apoyo a la renovación del parque de vehículos de dos ruedas.

Se modifica el artículo 1.2 del Real Decreto1081/2009, de 3 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de ciclomotores y motocicletas, Plan MOTO-E de apoyo a la renovación del parque de vehículos de dos ruedas, que queda redactado como sigue:

«2. Las ayudas a que se refiere este real decreto se concederán a las adquisiciones de vehículos de dos ruedas que se realicen desde la entrada en vigor de este Real Decreto hasta el 31 de diciembre de 2010, o hasta el agotamiento de los recursos presupuestarios en caso de que éste se produjera con anterioridad a la fecha prevista para el fin del Plan.»

Disposición final segunda. Título competencial.

El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia para dictar las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 25 de junio de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Industria, Turismo y Comercio,

MIGUEL SEBASTIÁN GASCÓN

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.