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Real Decreto 816/2012, de 11 de mayo, por el que se indulta a don Simone Righi.

BOE-A-2012-7616·7 de junio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 816/2012, de fecha 11 de mayo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Simone Righi, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz por delitos de atentado y resistencia, así como por faltas de lesiones. El principal afectado por este decreto es Simone Righi, el condenado. También afecta indirectamente a la administración de justicia y a la sociedad en general, al modificar la pena impuesta por un tribunal. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de cuatro años y seis meses de prisión impuesta a Simone Righi por una única pena de dos años de prisión. Esto significa que se reduce significativamente el tiempo que Righi deberá pasar en prisión. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está sujeta a la condición de que Simone Righi no cometa ningún delito doloso en un plazo de cinco años a partir de la publicación del Real Decreto. Si Righi comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación de la pena podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El decreto menciona que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que implica que se ha evaluado la situación del condenado y las circunstancias del caso antes de conceder el indulto. Aprobación: El decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que indica que se trata de una decisión tomada al más alto nivel del gobierno. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto 816/2012 concede un indulto parcial a Simone Righi, reduciendo su pena de prisión a dos años, con la condición de que no cometa nuevos delitos dolosos en un plazo de cinco años.

Visto el expediente de indulto de don Simone Righi, condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz, sección cuarta, en sentencia de 31 de enero de 2011, como autor de un delito de atentado, a la pena de cuatro años de prisión y multa de seis meses con una cuota diaria de seis euros; y un delito de resistencia, a la pena de seis meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y la de cuatro penas de 30 días de multa con una cuota diaria de seis euros, por las faltas de lesiones, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de mayo de 2012,

Vengo en conmutar a don Simone Righi las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 11 de mayo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.