decretoVigente

Real Decreto 813/2010, de 16 de junio, por el que se indulta a doña Ana Awilda Salcedo Reyes.

BOE-A-2010-10932·9 de julio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 813/2010, de 16 de junio. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña Ana Awilda Salcedo Reyes, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito contra la salud pública. El indulto afecta directamente a doña Ana Awilda Salcedo Reyes, la persona condenada. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad original de tres años de prisión impuesta a doña Ana Awilda Salcedo Reyes por una pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que doña Ana Awilda Salcedo Reyes no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, perderá el beneficio del indulto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Aprobación: El Real Decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a una persona condenada por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no cometer nuevos delitos dolosos en un período determinado.

Visto el expediente de indulto de doña Ana Awilda Salcedo Reyes, condenada por la Audiencia Provincial de Madrid, sección primera, en sentencia de 16 de octubre de 2008, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 1.500 euros, por hechos cometidos en el año 2008 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de junio de 2010,

Vengo en conmutar a doña Ana Awilda Salcedo Reyes la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 16 de junio de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.