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Real Decreto 794/2011, de 3 de junio, por el que se indulta a don Gumersindo Manuel Sampedro Vila.

BOE-A-2011-11151·28 de junio de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Gumersindo Manuel Sampedro Vila, condenado por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión de tres años por una de un año, siempre y cuando no cometa un nuevo delito doloso en los siguientes cuatro años. La medida afecta directamente al Sr. Sampedro Vila.

Visto el expediente de indulto de don Gumersindo Manuel Sampedro Vila, condenado por la Audiencia Provincial de A Coruña, sección sexta, con sede en Santiago de Compostela, en sentencia de 30 de marzo de 2004, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 1.500 euros e inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante la condena, por hechos cometidos en el año 2002 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de junio de 2011,

Vengo en conmutar a don Gumersindo Manuel Sampedro Vila la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 3 de junio de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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