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Real Decreto 79/2013, de 1 de febrero, por el que se indulta a don Antonio Cardoso Da Silva.

BOE-A-2013-1806·19 de febrero de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Antonio Cardoso Da Silva, condenado por un delito contra la salud pública. Se le indultan dos años de la pena de prisión, condicionado a no cometer un nuevo delito doloso en cinco años. La medida se adopta tras considerar informes del tribunal y el Ministerio Fiscal.

Visto el expediente de indulto de don Antonio Cardoso Da Silva, condenado por la Audiencia Provincial de Las Palmas, sección sexta, en sentencia de 26 de mayo de 2010, como autor de un delito contra la salud pública a la penas de cinco años y seis meses de prisión y multa de treinta y un mil euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2010, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de febrero de 2013,

Vengo en indultar a don Antonio Cardoso Da Silva dos años de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 1 de febrero de 2013.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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