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Real Decreto 787/2010, de 11 de junio, por el que se indulta a doña María del Carmen Sancho Rodríguez.

BOE-A-2010-10870·8 de julio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 787/2010, de 11 de junio. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña María del Carmen Sancho Rodríguez, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Zaragoza por delitos continuados de estafa y apropiación indebida. El Real Decreto afecta directamente a María del Carmen Sancho Rodríguez, la persona indultada. Indirectamente, afecta al sistema judicial y a la sociedad en general, al modificar la ejecución de una sentencia penal. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmutan las penas privativas de libertad impuestas a María del Carmen Sancho Rodríguez (dos años por estafa y un año por apropiación indebida) por una única pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que la indultada no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación quedaría sin efecto y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Aprobación: El Real Decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial, reduciendo la pena de prisión de la condenada, pero estableciendo una condición de buena conducta durante un período determinado.

Visto el expediente de indulto de doña María del Carmen Sancho Rodríguez, condenada por la Audiencia Provincial de Zaragoza, sección primera, en sentencia de 6 de octubre de 2008 resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 5 de Zaragoza, como autora de un delito continuado de estafa, a la pena de dos años de prisión, y de un delito de apropiación indebida, a la pena de un año de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en los años 2004-2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de junio de 2010,

Vengo en conmutar a doña María del Carmen Sancho Rodríguez las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 11 de junio de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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