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Real Decreto 786/2012, de 4 de mayo, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Raúl Ramón Rivero Castañeda.

BOE-A-2012-6663·19 de mayo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 786/2012, de 4 de mayo, emitido por el Gobierno de España. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a Raúl Ramón Rivero Castañeda. La concesión se basa en las circunstancias excepcionales que concurren en el Sr. Rivero Castañeda, según lo propuesto por el Ministro de Justicia y tras la deliberación del Consejo de Ministros. El documento afecta directamente a Raúl Ramón Rivero Castañeda, otorgándole la nacionalidad española. También afecta indirectamente al Estado español, al incorporar un nuevo ciudadano. Las disposiciones más relevantes son: La concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a Raúl Ramón Rivero Castañeda. La atribución de vecindad civil de Derecho Común al Sr. Rivero Castañeda. La entrada en vigor de la concesión**, sujeta a los requisitos, condiciones y plazos establecidos en el Código Civil español. Esto implica que el Sr. Rivero Castañeda deberá cumplir con los requisitos legales para que la nacionalidad sea efectiva, como la jura o promesa de fidelidad a la Constitución y al Rey, y la inscripción en el Registro Civil. En resumen, el Real Decreto formaliza la decisión del Gobierno español de conceder la nacionalidad española a Raúl Ramón Rivero Castañeda, basándose en circunstancias excepcionales, y establece que la efectividad de esta concesión está sujeta al cumplimiento de los requisitos legales pertinentes.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en don Raúl Ramón Rivero Castañeda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de mayo de 2012,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Raúl Ramón Rivero Castañeda, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 4 de mayo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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