decretoVigente

Real Decreto 779/2010, de 11 de junio, por el que se indulta a don Omar Contreras Gómez.

BOE-A-2010-10862·8 de julio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 779/2010, emitido el 11 de junio de 2010. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Omar Contreras Gómez. El documento afecta directamente a Omar Contreras Gómez, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito contra la salud pública cometido en 2006. La sentencia original le impuso una pena de nueve años y un día de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio y una multa de 235.000 euros. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de indulto parcial: Se le indultan cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta. Esto significa que su tiempo en prisión se reduce en cuatro meses. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Omar Contreras Gómez no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la parte de la pena que fue indultada. Fundamentación:** El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial condicionado a un individuo condenado por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión y estableciendo un período de prueba para evitar la revocación del beneficio.

Visto el expediente de indulto de don Omar Contreras Gómez, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección tercera, en sentencia de 8 de mayo de 2007, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de nueve años y un día de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio durante el tiempo de la condena y multa de 235.000 euros, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de junio de 2010,

Vengo en indultar a don Omar Contreras Gómez cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 11 de junio de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.