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Real Decreto 763/2012, de 27 de abril, por el que se indulta a don Juan Carlos Quintana Travesedo.

BOE-A-2012-6654·19 de mayo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 763/2012, de 27 de abril. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Juan Carlos Quintana Travesedo, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito contra la salud pública cometido en 2006. El Real Decreto afecta directamente a Juan Carlos Quintana Travesedo, el individuo condenado. También afecta indirectamente al sistema judicial y al Ministerio de Justicia, responsables de la ejecución de la sentencia y la tramitación del indulto, respectivamente. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años y un día de prisión impuesta a Juan Carlos Quintana Travesedo por una pena de dos años de prisión. Esto significa que la pena original se reduce. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Juan Carlos Quintana Travesedo no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación de la pena podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que indica que se ha realizado un análisis de la situación del condenado y las circunstancias del delito antes de conceder el indulto. Aprobación: El Real Decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que demuestra que se trata de una decisión tomada al más alto nivel del gobierno. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le confiere validez legal.

Visto el expediente de indulto de don Juan Carlos Quintana Travesedo, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección novena, en sentencia de 16 de abril de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y un día de prisión, con las accesorias legales de inhabilitación durante el tiempo de la condena y multa de 260 euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de abril de 2012,

Vengo en conmutar a don Juan Carlos Quintana Travesedo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 27 de abril de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.