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Real Decreto 73/2013, de 1 de febrero, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Ceki Kazmir.

BOE-A-2013-1828·19 de febrero de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 73/2013, de 1 de febrero. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Ceki Kazmir. El documento afecta directamente a don Ceki Kazmir, otorgándole la nacionalidad española. Indirectamente, afecta al Estado español, que amplía su número de ciudadanos. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad española: Se concede la nacionalidad española a Ceki Kazmir por carta de naturaleza, atendiendo a circunstancias excepcionales no especificadas en el texto. Vecindad civil: Se establece que la vecindad civil de Ceki Kazmir será de Derecho Común. Efectos de la concesión: La concesión de la nacionalidad está sujeta a los requisitos, condiciones y plazos establecidos en el Código Civil español. Esto implica que Ceki Kazmir deberá cumplir con los trámites legales necesarios para formalizar la adquisición de la nacionalidad, como la jura o promesa de fidelidad al Rey y a la Constitución, y la inscripción en el Registro Civil. Firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le confiere validez legal. En resumen, este Real Decreto es un acto administrativo por el cual el Estado español, a través del Rey y el Ministro de Justicia, concede la nacionalidad española a una persona específica, Ceki Kazmir, basándose en circunstancias excepcionales y sujetando la efectividad de la concesión a los requisitos legales pertinentes.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en don Ceki Kazmir y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de febrero de 2013,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Ceki Kazmir, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 1 de febrero de 2013.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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