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Real Decreto 723/2012, de 20 de abril, por el que se indulta a doña Cristina Fernández Fernández.

BOE-A-2012-6631·19 de mayo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 723/2012, de 20 de abril. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña Cristina Fernández Fernández, quien fue condenada por un delito contra la salud pública. El Real Decreto afecta directamente a Cristina Fernández Fernández, la persona indultada, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de tres años y un día de prisión impuesta a Cristina Fernández Fernández por una pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que la indultada no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un delito doloso dentro de este plazo, la pena original podría ser restablecida. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Autoridad: El Real Decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, tras la deliberación del Consejo de Ministros. Esto indica que la decisión ha sido tomada por el poder ejecutivo del Estado. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial, reduciendo la pena de prisión de la condenada, pero estableciendo una condición de buena conducta durante un período determinado. Es una medida de gracia que modifica la sentencia original, pero no la anula por completo.

Visto el expediente de indulto de doña Cristina Fernández Fernández, condenada por la Audiencia Provincial de Madrid, sección segunda, en sentencia de 20 de noviembre de 2008, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y un día de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de abril de 2012,

Vengo en conmutar a doña Cristina Fernández Fernández la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 20 de abril de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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