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Real Decreto 722/2012, de 20 de abril, por el que se indulta a doña Yolanda Fernández Cortés.

BOE-A-2012-6630·19 de mayo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 722/2012, de 20 de abril. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña Yolanda Fernández Cortés, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Málaga por un delito contra la salud pública cometido en 2006. El documento afecta directamente a Yolanda Fernández Cortés, a la administración de justicia (Tribunal sentenciador y Ministerio Fiscal), y, en un sentido más amplio, al interés público en la administración de la justicia y la clemencia. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años de prisión impuesta a Yolanda Fernández Cortés por una pena de dos años de prisión. Esto significa que la pena original se reduce, pero no se elimina por completo. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Yolanda Fernández Cortés no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que sugiere que se han considerado las circunstancias del caso y la situación personal de la condenada para tomar la decisión. Aprobación: El indulto ha sido propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que indica que ha seguido el procedimiento legalmente establecido. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Yolanda Fernández Cortés, reduciendo su pena de prisión a dos años, pero condicionando esta reducción a su buen comportamiento futuro.

Visto el expediente de indulto de doña Yolanda Fernández Cortés, condenada por la Audiencia Provincial de Málaga, sección novena, en sentencia de 31 de marzo de 2009, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 100 euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de abril de 2012,

Vengo en conmutar a doña Yolanda Fernández Cortés la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 20 de abril de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.