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Real Decreto 705/2010, de 20 de mayo, por el que se indulta a don Phanor Marmolejo Marmolejo.

BOE-A-2010-9578·17 de junio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 705/2010, de 20 de mayo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Phanor Marmolejo Marmolejo, quien fue condenado por un delito contra la salud pública. El documento afecta directamente a Phanor Marmolejo Marmolejo, y de manera indirecta al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años de prisión impuesta a Phanor Marmolejo Marmolejo por una pena de dos años de prisión. Esto significa que la pena original se reduce, pero no se elimina por completo. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación de la pena quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Consideraciones previas: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que sugiere que se evaluaron las circunstancias del caso antes de tomar la decisión. Autoridad: El Real Decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le confiere validez legal. Además, se indica que fue deliberado y aprobado por el Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un individuo condenado por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de don Phanor Marmolejo Marmolejo, condenado por la Audiencia Provincial de Albacete, sección primera, en sentencia de 27 de noviembre de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación de derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena y multa de 573,71 euros, por hechos cometidos en el año 2007 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de mayo de 2010,

Vengo en conmutar a don don Phanor Marmolejo Marmolejo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Barcelona, el 20 de mayo de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.