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Real Decreto 695/2012, de 13 de abril, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Estrella Castiel Israel.

BOE-A-2012-6055·5 de mayo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 695/2012, de 13 de abril, emitido por el Gobierno de España. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Estrella Castiel Israel. El documento afecta directamente a doña Estrella Castiel Israel, otorgándole la nacionalidad española con vecindad civil de Derecho Común. Indirectamente, afecta al Estado español, que amplía su número de ciudadanos. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad: Se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Estrella Castiel Israel, basándose en circunstancias excepcionales (no especificadas en el documento) y a propuesta del Ministro de Justicia. Efectos de la concesión: La concesión de la nacionalidad estará sujeta a los requisitos, condiciones y plazos establecidos en el Código Civil español. Esto implica que la adquisición efectiva de la nacionalidad dependerá del cumplimiento de los trámites legales correspondientes. Firma y refrendo:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le confiere validez legal. En resumen, este Real Decreto es un acto administrativo singular que otorga la nacionalidad española a una persona específica, basándose en circunstancias excepcionales y siguiendo el procedimiento legal establecido. La adquisición efectiva de la nacionalidad está condicionada al cumplimiento de los requisitos legales.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en doña Estrella Castiel Israel y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de abril de 2012,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Estrella Castiel Israel, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 13 de abril de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.