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Real Decreto 694/2009, de 17 de abril, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Marcos Whanon.

BOE-A-2009-7796·11 de mayo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 694/2009, de 17 de abril, emitido por el Gobierno de España. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Marcos Whanon. El documento afecta directamente a Marcos Whanon, quien se convierte en ciudadano español al cumplir con los requisitos, condiciones y plazos establecidos en el Código Civil. Indirectamente, afecta al Estado español, que incorpora un nuevo ciudadano. Las disposiciones más relevantes son: La concesión de la nacionalidad española a Marcos Whanon por carta de naturaleza, basándose en circunstancias excepcionales no especificadas en el documento. La base legal de la concesión, que reside en una propuesta del Ministro de Justicia y la deliberación del Consejo de Ministros. La condición de que la concesión producirá efectos según lo estipulado en el Código Civil, lo que implica que Marcos Whanon deberá cumplir con los requisitos legales para la adquisición efectiva de la nacionalidad (como jurar o prometer fidelidad al Rey y a la Constitución, y renunciar a su anterior nacionalidad, si procede). La firma del Rey Juan Carlos I y del Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, que otorgan validez legal al decreto. En resumen, el Real Decreto formaliza la decisión del Gobierno español de otorgar la nacionalidad española a Marcos Whanon por razones excepcionales, delegando en el Código Civil la regulación de los detalles para la efectividad de dicha concesión.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en don Marcos Whanon y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de abril de 2009,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Marcos Whanon, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 17 de abril de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.