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Real Decreto 691/2012, de 13 de abril, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Ricardo Simon Pilman Benaim.

BOE-A-2012-6051·5 de mayo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 691/2012, de 13 de abril, emitido por el Gobierno de España. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a Ricardo Simon Pilman Benaim. La carta de naturaleza es una forma excepcional de adquirir la nacionalidad española, otorgada discrecionalmente por el Gobierno a personas que demuestran circunstancias excepcionales. El Real Decreto afecta directamente a Ricardo Simon Pilman Benaim, otorgándole la nacionalidad española con vecindad civil de Derecho Común. Las disposiciones más relevantes son: La concesión de la nacionalidad española a Ricardo Simon Pilman Benaim por carta de naturaleza. La justificación de la concesión basada en las "circunstancias excepcionales" que concurren en la persona beneficiada, aunque estas no se detallan en el documento. La indicación de que la concesión de la nacionalidad producirá efectos según los requisitos, condiciones y plazos establecidos en el Código Civil español. La firma del Rey Juan Carlos I y del Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, que formaliza el acto administrativo. En resumen, el Real Decreto formaliza la decisión del Gobierno español de conceder la nacionalidad española a Ricardo Simon Pilman Benaim, basándose en circunstancias excepcionales no especificadas, y remite al Código Civil para la regulación de los efectos de dicha concesión.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en don Ricardo Simon Pilman Benaim y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de abril de 2012,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Ricardo Simon Pilman Benaim, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 13 de abril de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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