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Real Decreto 679/2012, de 13 de abril, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Mark Nahmias.

BOE-A-2012-6039·5 de mayo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 679/2012, de 13 de abril, emitido por el Gobierno de España. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a Don Mark Nahmias. El documento afecta directamente a Mark Nahmias, otorgándole la nacionalidad española. Indirectamente, afecta al Estado español, al incorporar un nuevo ciudadano con todos los derechos y obligaciones que ello conlleva. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad: Se otorga la nacionalidad española a Mark Nahmias por carta de naturaleza, basándose en circunstancias excepcionales (no especificadas en el documento) y a propuesta del Ministro de Justicia. Vecindad civil: Se establece que Mark Nahmias tendrá vecindad civil de Derecho Común, lo cual es relevante para determinar la legislación civil aplicable en ciertos aspectos de su vida. Efectos de la concesión: Se indica que la concesión de la nacionalidad producirá efectos según lo establecido en el Código Civil, lo que implica el cumplimiento de ciertos requisitos y plazos para la plena adquisición de la nacionalidad. Firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le confiere validez legal. En resumen, el Real Decreto formaliza la decisión del Gobierno español de conceder la nacionalidad española a Mark Nahmias, estableciendo las bases legales para su adquisición y los efectos que esta conlleva.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en don Mark Nahmias y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de abril de 2012,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Mark Nahmias, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 13 de abril de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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