Visto el expediente de indulto de don Jorge Monedero Martín, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, sección séptima, de Sevilla, en sentencia de 25 de septiembre de 2002, como autor de un delito de apropiación indebida, a la pena de siete años de prisión, con las accesorias de suspensión de todo cargo público durante tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1987, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de enero de 2007,
Vengo en conmutar a don Jorge Monedero Martín la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de siete años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 19 de enero de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR