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Real Decreto 641/2012, de 30 de marzo, por el que se indulta a don Juan Francisco Luna Almendros.

BOE-A-2012-4674·4 de abril de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

El documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 641/2012, de 30 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Juan Francisco Luna Almendros, conmutando la pena de prisión pendiente de cumplimiento por una pena de 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad. El indulto afecta directamente a Juan Francisco Luna Almendros, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito de simulación de contrato. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena de un año de prisión pendiente de cumplimiento se conmuta por 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Juan Francisco Luna Almendros no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a una persona condenada por un delito, sustituyendo la pena de prisión por trabajos comunitarios, sujeto a la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de don Juan Francisco Luna Almendros, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección tercera, en sentencia de 22 de diciembre de 2003, como autor de un delito de simulación de contrato, a la pena de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, por hechos cometidos en el año 1997, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de marzo de 2012,

Vengo en conmutar a don Juan Francisco Luna Almendros la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de marzo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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