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Real Decreto 640/2012, de 30 de marzo, por el que se indulta a don Salvador López Delgado.

BOE-A-2012-4673·4 de abril de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 640/2012, de 30 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Salvador López Delgado, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife por un delito contra la salud pública cometido en 2004. El decreto afecta directamente a Salvador López Delgado, el condenado, y, de forma indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años de prisión impuesta a Salvador López Delgado por otra de dos años de prisión. Esto significa que se reduce la duración de la pena privativa de libertad. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Salvador López Delgado no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que indica que se han considerado las circunstancias del caso y la opinión de las autoridades judiciales. Aprobación: El decreto ha sido propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que le confiere validez legal. Firma:** El decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez.

Visto el expediente de indulto de don Salvador López Delgado, condenado por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, sección quinta, en sentencia de 18 de enero de 2006, como autor de un delito contra salud pública, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 30.000 euros, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de marzo de 2012,

Vengo en conmutar a don Salvador López Delgado la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de marzo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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