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Real Decreto 618/2010, de 7 de mayo, por el que se indulta a don Ciro Orlando.

BOE-A-2010-9144·8 de junio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 618/2010, de 7 de mayo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Ciro Orlando, reduciendo su pena privativa de libertad en 150 días. Don Ciro Orlando fue condenado por la Audiencia Provincial de Gerona por un delito contra la salud pública cometido en 2005, recibiendo una pena de nueve años y cuatro meses de prisión y una multa de 6.000 euros. El documento afecta directamente a don Ciro Orlando, beneficiándolo con la reducción de su condena. También afecta indirectamente al sistema judicial, al modificar la ejecución de la sentencia original. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indultan 150 días de la pena de prisión impuesta a Ciro Orlando. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Ciro Orlando no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la parte de la pena que fue indultada. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Autorización: El Real Decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, tras la deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, este Real Decreto representa un acto de clemencia del Estado, reduciendo la pena de un individuo condenado, pero sujeto a la condición de no reincidir en la comisión de delitos.

Visto el expediente de indulto de don Ciro Orlando, condenado por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Gerona, en sentencia de 13 de junio de 2006, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de nueve años y cuatro meses de prisión y multa de 6.000 euros, por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de mayo de 2010,

Vengo en indultar a don Ciro Orlando 150 días de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 7 de mayo de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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