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Real Decreto 612/2009, de 8 de abril, por el que se indulta a don Euliser Latorre Moreno.

BOE-A-2009-7732·9 de mayo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 612/2009, de 8 de abril. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Euliser Latorre Moreno, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Alicante por un delito contra la salud pública cometido en 2005. El Real Decreto afecta directamente a Euliser Latorre Moreno, modificando su condena original. La sentencia inicial le impuso una pena de tres años de prisión, una multa de 2.080 euros e inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. La disposición más relevante del Real Decreto es la conmutación de la pena privativa de libertad de tres años por otra de dos años de prisión. Sin embargo, esta conmutación está sujeta a una condición suspensiva: Euliser Latorre Moreno no debe cometer ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la fecha de publicación del Real Decreto. Si incumple esta condición, la conmutación podría ser revocada y debería cumplir la pena original. El Real Decreto fue emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y tras la deliberación del Consejo de Ministros. Esto indica que el indulto fue concedido siguiendo el procedimiento legal establecido y considerando los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal.

Visto el expediente de indulto de don Euliser Latorre Moreno, condenado por la Audiencia Provincial de Alicante, sección séptima, con sede en Elche, en sentencia de 2 de mayo de 2006, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 2.080 euros e inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de abril de 2009,

Vengo en conmutar a don Euliser Latorre Moreno la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de abril de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.