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Real Decreto 608/2009, de 8 de abril, por el que se indulta a don Rafael Borrull Moreno.

BOE-A-2009-7728·9 de mayo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Rafael Borrull Moreno, condenado por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, condicionado a no cometer delito doloso en cuatro años. Afecta directamente al Sr. Borrull Moreno.

Visto el expediente de indulto de don Rafael Borrull Moreno, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Castellón, en sentencia de 8 de enero de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio por igual tiempo y multa de 2.400 euros, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de abril de 2009,

Vengo en conmutar a don Rafael Borrull Moreno la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de abril de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.