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Real Decreto 587/2012, de 23 de marzo, por el que se indulta a doña Elvira Morcillo López.

BOE-A-2012-4415·30 de marzo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 587/2012, de 23 de marzo. Su objeto principal es conceder el indulto parcial a doña Elvira Morcillo López, librándola de la pena privativa de libertad que aún tenía pendiente de cumplimiento. El decreto afecta directamente a doña Elvira Morcillo López, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Valencia por un delito contra la salud pública cometido en 2006. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del Indulto: Se le indulta la pena de prisión pendiente. Condición Resolutoria: El indulto está condicionado a que doña Elvira Morcillo López no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación: El decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que sugiere que se han considerado las circunstancias del caso para tomar la decisión. Autoridades: El decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, y fue aprobado tras deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto condicionado a una persona condenada por un delito contra la salud pública, liberándola de la prisión siempre y cuando no reincida en un delito doloso en los próximos tres años.

Visto el expediente de indulto de doña Elvira Morcillo López, condenada por la Audiencia Provincial de Valencia, sección primera, en sentencia de 8 de mayo de 2007, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 2.500 euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de marzo de 2012,

Vengo en indultar a doña Elvira Morcillo López la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de marzo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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