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Real Decreto 58/2009, de 23 de enero, por el que se indulta a don José Félix Parra Aguilar.

BOE-A-2009-3187·25 de febrero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 58/2009, de 23 de enero. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don José Félix Parra Aguilar, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito contra la salud pública cometido en 2002. La condena original incluía una pena de tres años de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo y una multa. El Real Decreto afecta directamente a José Félix Parra Aguilar, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años de prisión impuesta originalmente por una pena de dos años de prisión. Esto significa que se reduce la duración de la pena privativa de libertad. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que José Félix Parra Aguilar no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, lo que le confiere validez legal. Consideraciones previas: El documento menciona que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal antes de tomar la decisión de conceder el indulto, lo que indica que se ha seguido un proceso legal establecido.

Visto el expediente de indulto de don José Félix Parra Aguilar, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección primera, en sentencia de 14 de abril de 2003, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 358,67 euros, por hechos cometidos en el año 2002, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de enero de 2009,

Vengo en conmutar a don José Félix Parra Aguilar la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de enero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.