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Real Decreto 545/2010, de 30 de abril, por el que se indulta a don Pedro Quesada García.

BOE-A-2010-8407·26 de mayo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto emitido por el Rey Juan Carlos I el 30 de abril de 2010. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Pedro Quesada García, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Girona por un delito contra la salud pública cometido en 2005. El documento afecta directamente a Pedro Quesada García, al sistema judicial y, en un sentido más amplio, a la sociedad. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de Indulto Parcial: Se indulta a Pedro Quesada García de seis meses de la pena privativa de libertad impuesta originalmente (nueve años y un día de prisión). Condición Suspensiva: El indulto está condicionado a que Pedro Quesada García no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la parte de la pena que fue indultada. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Esto implica que se ha seguido un proceso legal y administrativo para evaluar la procedencia del indulto. Firma y Refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial condicionado a un individuo condenado por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión y estableciendo un período de prueba para asegurar su buena conducta futura.

Visto el expediente de indulto de don Pedro Quesada García, condenado por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Girona, en sentencia de 28 de abril de 2006, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de nueve años y un día de prisión y multa de 124.000 euros, por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de abril de 2010,

Vengo en indultar a don Pedro Quesada García seis meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de abril de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.