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Real Decreto 54/2009, de 23 de enero, por el que se indulta a don Daniel Martins Gonçales.

BOE-A-2009-3183·25 de febrero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 54/2009, emitido el 23 de enero de 2009. El objeto principal del Real Decreto es conceder un indulto parcial a don Daniel Martins Gonçales, reduciendo su pena de prisión en cuatro meses. Originalmente, fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito contra la salud pública cometido en 2004, recibiendo una pena de cinco años de prisión, inhabilitación para el sufragio pasivo y una multa. El Real Decreto afecta directamente a Daniel Martins Gonçales, el beneficiario del indulto. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio de Justicia y a la sociedad en general, al modificar la ejecución de una sentencia judicial. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indultan cuatro meses de la pena de prisión impuesta a Daniel Martins Gonçales. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la totalidad de la pena original. Autoridades intervinientes:** El Real Decreto es emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. Esto subraya la importancia y el carácter excepcional de la medida de indulto. En resumen, este Real Decreto representa un acto de clemencia del Estado, otorgando una reducción de pena a un individuo condenado, pero sujeto al cumplimiento de una condición que busca asegurar su buena conducta futura.

Visto el expediente de indulto de don Daniel Martins Gonçales, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección primera, en sentencia de 26 de septiembre de 2005, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cinco años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 57.535 euros, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de enero de 2009,

Vengo en indultar a don Daniel Martins Gonçales cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de enero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

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