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Real Decreto 532/2012, de 16 de marzo, por el que se indulta a don Kamal Bouatman.

BOE-A-2012-4704·5 de abril de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 532/2012, de 16 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Kamal Bouatman, conmutando la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito contra la salud pública. Originalmente, Bouatman fue condenado a tres años de prisión, inhabilitación para el sufragio pasivo y una multa. El indulto reduce la pena privativa de libertad a dos años de prisión. El Real Decreto afecta directamente a Kamal Bouatman, el beneficiario del indulto. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al Tribunal sentenciador, quienes emitieron informes considerados en la decisión del indulto. Las disposiciones más relevantes son: La conmutación de la pena de prisión de tres años a dos años. La condición impuesta a Kamal Bouatman de no volver a cometer un delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. El incumplimiento de esta condición podría revocar el indulto. La justificación del indulto basada en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, aunque no se detallan los motivos específicos que llevaron a la concesión del mismo. La aprobación del indulto por el Consejo de Ministros y la firma del Rey Juan Carlos I, lo que le confiere validez legal. En resumen, este Real Decreto representa un acto de clemencia del Estado, reduciendo la pena de prisión impuesta a un individuo, sujeto a una condición de buena conducta futura.

Visto el expediente de indulto de don Kamal Bouatman, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección séptima, en sentencia de 23 de marzo de 2007, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 150 euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de marzo de 2012,

Vengo en conmutar a don Kamal Bouatman la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 16 de marzo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.