decretoVigente

Real Decreto 52/2009, de 23 de enero, por el que se indulta a doña Sonia Grande Moreno.

BOE-A-2009-3181·25 de febrero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 52/2009, de 23 de enero. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña Sonia Grande Moreno, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Tarragona por delitos de tráfico de drogas y receptación. El Real Decreto afecta directamente a Sonia Grande Moreno, la persona indultada. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador, quienes emitieron informes considerados en la decisión del indulto. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad original (tres años y un día por tráfico de drogas y seis meses por receptación) por una pena de dos años de prisión. Esto significa que la señora Grande Moreno deberá cumplir dos años de prisión en lugar de la pena original. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que la señora Grande Moreno no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Autoridad: El Real Decreto es emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. Esto subraya la naturaleza excepcional y gubernamental de la concesión de indultos. Fecha de entrada en vigor: El Real Decreto entra en vigor en la fecha de su publicación, el 23 de enero de 2009. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a una persona condenada por delitos relacionados con drogas y receptación, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de doña Sonia Grande Moreno, condenada por la Audiencia Provincial, sección cuarta, de Tarragona, en sentencia de 14 de febrero de 2008, como autora de un delito de tráfico de drogas, a la pena de tres años y un día de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 6.700 euros, y de un delito de receptación, a la pena de seis meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de enero de 2009,

Vengo en conmutar a doña Sonia Grande Moreno las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de enero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.