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Real Decreto 514/2009, de 3 de abril, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Valya Hubes.

BOE-A-2009-6722·22 de abril de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 514/2009, de 3 de abril. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Valya Hubes. El documento afecta directamente a doña Valya Hubes, otorgándole la nacionalidad española, y de manera indirecta al Estado español, al incorporar a una nueva ciudadana. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad española: Se otorga la nacionalidad española a doña Valya Hubes por carta de naturaleza, atendiendo a circunstancias excepcionales no especificadas en el documento. Vecindad civil: Se establece que doña Valya Hubes tendrá vecindad civil de Derecho Común. Efectos de la concesión: Se indica que la concesión de la nacionalidad producirá efectos según lo previsto en el Código Civil, lo que implica que deberá cumplir con los requisitos, condiciones y plazos establecidos en dicha normativa para la adquisición efectiva de la nacionalidad. Firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le confiere validez legal. En resumen, el Real Decreto formaliza la decisión del Gobierno español de conceder la nacionalidad española a doña Valya Hubes, basándose en circunstancias excepcionales y sujetando la efectividad de la concesión a las disposiciones del Código Civil.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en doña Valya Hubes y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de abril de 2009,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Valya Hubes, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 3 de abril de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.