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Real Decreto 51/2009, de 23 de enero, por el que se indulta a don Ahmed Dyane.

BOE-A-2009-3180·25 de febrero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 51/2009, emitido el 23 de enero de 2009. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Ahmed Dyane, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 17 de Madrid por un delito de robo con violencia y un delito de lesiones. El Real Decreto afecta directamente a Ahmed Dyane, el individuo condenado, y de manera indirecta al sistema judicial y a la sociedad en general, al modificar la pena impuesta por la justicia. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de dos años de prisión por robo con violencia y seis meses de prisión por lesiones, por una única pena de dos años de prisión. Esto implica una reducción de la pena total. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Ahmed Dyane no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso durante este período, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Autoridad:** El Real Decreto es emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. Esto subraya la importancia y el carácter excepcional de la medida. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Ahmed Dyane, reduciendo su pena de prisión y estableciendo un período de prueba de cuatro años para asegurar su buena conducta.

Visto el expediente de indulto de don Ahmed Dyane, condenado por el Juzgado de lo Penal número 17 de Madrid, en sentencia de 20 de junio de 2005, como autor de un delito de robo con violencia, a la pena de dos años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, y de un delito de lesiones, a la pena de seis meses de prisión, con la misma accesoria, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de enero de 2009,

Vengo en conmutar a don Ahmed Dyane las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de enero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

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