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Real Decreto 478/2010, de 16 de abril, por el que se indulta a doña María Pozas Guillen.

BOE-A-2010-7595·11 de mayo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a María Pozas Guillen, condenada por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, siempre y cuando no cometa un nuevo delito doloso en un plazo de cuatro años. Afecta directamente a la persona indultada.

Visto el expediente de indulto de doña María Pozas Guillen, condenada por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección séptima, en sentencia de 27 de marzo de 2008, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 360 euros, por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de abril de 2010,

Vengo en conmutar a doña María Pozas Guillen la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 16 de abril de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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