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Real Decreto 473/2012, de 5 de marzo, por el que se indulta a don Jorge Ariño García.

BOE-A-2012-4043·23 de marzo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Jorge Ariño García, condenado por delito de lesiones dolosas. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, condicionado a no delinquir dolosamente en cuatro años. Afecta directamente al Sr. Ariño García, modificando su condena original.

Visto el expediente de indulto de don Jorge Ariño García, condenado por la Audiencia Provincial de Zaragoza, sección sexta, en sentencia de 14 de mayo de 2011, como autor de un delito de lesiones dolosas causantes de pérdida o inutilidad de órgano principal, a la pena de tres años de prisión y accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante todo el tiempo de su condena privativa de libertad, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de marzo de 2012,

Vengo en conmutar a don Jorge Ariño García la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 5 de marzo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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